DECLARACIÓN UNIVERSAL
DEL DERECHO A ESCUCHAR CUENTOS
1. Todas los niños, de cero a cien años, sin distinción de raza,
idioma o religión tienen derecho a escuchar los más hermosos cuentos,
mitos y leyendas de la tradición oral de los pueblos.
2. Todo niño tiene pleno derecho a exigir que sus padres y madres les
cuenten cuentos a cualquier hora del día. Aquellos padres que sean
sorprendidos negándose a contar un cuento a un niño, no sólo incurren
en un grave delito de omisión cultural, sino que se están autocondenando
a que sus hijos jamás vuelvan a pedir otro cuento.
3. Todo niño que por una u otra razón no tenga a nadie que le cuente
cuentos, tiene absoluto derecho a pedir al adulto de su preferencia que
se los cuente, siempre y cuando éste demuestre que lo hace con amor
y
ternura, que es como se cuentan los cuentos.
4. Todo niño tiene derecho a escuchar cuentos sentado en las rodillas
de sus abuelos. Aquellos que tengan vivos a sus cuatro abuelos podrán
cederlos a otros niños que, por diversas razones, no tengan abuelos que
se los cuenten. Del mismo modo, aquellos abuelos que carezcan de nietos
están en libertad de acudir a escuelas, parques, y otros lugares de
concentración infantil donde, con entera libertad, podrán contar cuantos
cuentos quieran.
5. Las personas adultas están en la obligación de poner al alcance de
los niños todos los libros, cuentos y poemas de diferentes autores.
6. Todo niño goza a plenitud del derecho a conocer fábulas, mitos y
leyendas de la tradición oral de su país. Las niñas y los niños tienen
perfecto derecho a interesarse en los relatos indígenas y cuentos
costumbristas, así como en toda aquella literatura creada por el pueblo.
7. Todo niño tiene derecho a inventar y contar sus propios cuentos,
así como modificar los ya existentes creando su propia versión. En
aquellos casos de niños y niñas muy influidos por la televisión o los
videojuegos, sus padres están en la obligación de descontaminarlos
conduciéndoles por los caminos de la imaginación de la mano de un buen
libro de cuentos infantiles.
8. Las niñas y niños tienen derecho a exigir cuentos nuevos. Los
adultos están en la obligación de nutrirse permanentemente de nuevos
relatos, propios o no, con o sin reyes, largos o cortos. Lo único
obligatorio es que sean hermosos y cautivantes.
9. Las niñas y niños siempre tienen derecho a pedir otro cuento y a pedir que le cuenten un millón de veces el mismo cuento.
10. Todas las niñas y niños del mundo tienen derecho a crecer
acompañados de las aventuras de “Tío Tigre y Tío Conejo”, de aquella
vaca rosa que sólo algunos ven, de las hadas madrinas, del “…colorín
colorado”, y del inmortal “Había una vez…” palabra mágica que abre las
puertas de la imaginación hacia los sueños más hermosos de la niñez.
Pues ya sabéis...niños, pedid que os cuenten cuentos... adultos, ¡contadlos!